Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con los ordinales 3° y 4° del artículos 256 del Código Orgánico Procesal Penal en la causa seguida en contra del ciudadano OSCAR ENRIQUE ESPINOZA PACHECO; de 22 años de edad, nacido el 10-10-1987, venezolano, Cedula de Identidad N° 25.194.907; hijo de Oscar Espinoza y Nereida Pacheco, de profesión u oficio. buhonero, soltero, residenciado en BARRIO NEGRO PRIMERO AVENIDA PRINCIPAL CASA S/N CERCA DE LA PEÑA HIPICA PALMA REAL Y AVENIDA LA LIMPIA SECTOR EDIF. MIRANDA A 60 METROS DE ESTE, TELEFONO 0414-0691418, MARACAIBO ESTADO ZULIA, por el delito de ROBO EN FIGURA EN ARREBATON , previsto y sancionado en el articulo 456 ultimo aparte del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de la ciudadana Mitzila Herrera,.....