Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
CON LUGAR la presente demanda por Obligación de Manutención (Reclamación Alimentaria) interpuesta por la ciudadana Roselyn Josefina Flores Ávila, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.574.344, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en relación con el niño xxxxxxxxxxxxxxxx, de cuatro (04) años de edad; en contra del ciudadano Darwin Alberto Perozo López, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.622.294, del mismo domicilio. Así se declara.