declara:
a) CON LUGAR la solicitud de conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio, requerida por los ciudadanos RICAURTE AUGUSTO SALOM QUINTO Y MARIA GABRIELA ORMO AVILA, identificados anteriormente.-
b) DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en fecha 28 de septiembre de 2006, tal como se evidencia de la copia del acta de matrimonio No. 242, expedida por la mencionada autoridad.
c) Con respecto al niño (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad), este Tribunal establece: La patria potestad del niño (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad), será ejercida conjuntamente por ambos progenitores. En relación a la responsabilidad de crianza, será compartida por ambos progenitores, mientras que la custodia del niño antes mencionado será ejercida por la progenitora, ciudadana MA.....