Por todo lo ante expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA SUSTITUIR LA PRIVACIÓN PREVENTIVA JUDICIAL DE LA LIBERTAD que pesa en contra del ciudadano JESUS ALBERTO GUERRA, C.I. Nº 11.852.441, y quien es acusado por la Vindicta Pública por la presunta comisión de los delitos de Distribución Ilícita De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, previstos y sancionados en los artículos 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y el articulo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con el artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la detención domiciliaria en su propia vivienda ubicada en la CALLE PATIÑO, CASA S/N, DE COLOR AMARILLO, CON PUERTAS DE COLOR NEGRA, CERCA DE LA BODEGA DE LA SEÑORA LONGA, SECTOR BELLA VISTA, CERCA.....