Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Estadal Segundo en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acto procesal de Transacción realizado por los ciudadanos ARELIS FERRER, ELEIDA GONZALEZ y MIREYA TELLERIA junto con su apoderado DOUGLAS GRANADILLO PEROZO por una parte; y por la otra el abogado IDELGAR ARISPE, procediendo con el carácter de representante legal del Alcalde MARIO ANTONIO URDANETA INCIARTE, y ambas partes solicitan al Tribunal HOMOLOGUE LA TRANSACCION, el cual adquiere fuerza de cosa juzgada. Archívese el expediente.-
Publíquese, Regístrese y Archívese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines legale.....