TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus SEGUNDO RIGOBERTO ESPINA OLIVARES, a los ciudadanos MARIA EUGENIA MONZANT, RIGOBERTO SEGUNDO ESPINA MONZANT, RICARDO SEGUNDO ESPINA MONZANT y DUBRASKA PAOLA ESPINA MONZANT, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V-7.606.871, V-16.119.121, V-16.119.122 y V-18.428.888, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Expídanse cuatro (04) copias certificadas de toda la solicitud y sus resultas a los fines de ser entregadas a la solicitante. Devuélvase la solicitud en forma original previo a su certificación .....