En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus JOSEFA AURORA ALBARRAN CERRADA, a los ciudadanos LUIS ENRIQUE CHAVEZ ALVIAREZ, LUIS ERICK, LUIS EMMANUEL y LUIS ELVIS, todos CHAVEZ ALBARRAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V.- 4.144.211, V.- 14.280.270, V.- 20.059.546 y V.- 15.479.984, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJA A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa certificación a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal.
LA JUEZ,
Mg. Sc. MARÍA DEL PILAR FARÍA ROMERO
LA SECRETARIA,
Mg. Sc. GABRIELA BRACHO AGUILAR.
.....