¿ Decretar la MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL sobre:
A) El Cuarenta por ciento (40%) sobre sueldo, horas extras, cesta ticket, que le puedan corresponder al ciudadano GUSTAVO RAMON BALLESTERO CASTILLO.
B) El Cuarenta por ciento (40%) sobre las vacaciones, bonos, bonos de transferencia, bono presidencial, bono nocturno.
C) El Cuarenta por ciento (40%) sobre las utilidades, bonificación.
D) En caso de que le ciudadano demandado goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes, se decreta el Cien por ciento (100%) de tales conceptos.
E) El Cuarenta por ciento (40%) sobre antigüedad, retroactivos, prestaciones sociales, caja de ahorros, fideicomiso, despido, retiro, jubilación o muerte y cualquier otro ingreso o aumento que reciba el mencionado ciudadano.
Las cantidades a retener establecidas en los literales "A", "B", "C", "D" y "E", deberán ser remitidas a este Tribunal en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE.....