Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 267 en su ordinal 1º y 269 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de NULIDAD DE VENTA presentado por el ciudadano ENDER HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.873.137, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio, ciudadano FREDDY HERNÁNDEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 199.390, acudió para solicitar la Nulidad de Venta, en contra de las ciudadanas ALICIA DEL CONSUELO HERNÁNDEZ REYES y YUDICTH DEL CARMEN HERNÁNDEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 7.729.090 y.....