Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECIDE: DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, a favor de la imputada LUIS ANTONIO MEDINA, de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 11-06-1969, de 27 años de edad, hijo Eusebio José Medina González y de Itala Ramírez, de profesión u oficio estudiante, Cédula de identidad N° 8.502.418, y con residencia barrio Raúl Leonardo Luis pineda, calle 58, avenida bella vista, Nª 51-75; Maracaibo, Estado Zulia (teléfono 0416-364-1809), por el delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, en perjuicio del ciudadano JEAN CARRIZO; y en consecuencia, SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO REPARATORIO, a favor del imputado LUIS ANTONIO MEDINA, de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 11-06-1969, .....