El Tribunal comprobado como ha sido el derecho que los solicitantes alegan. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos OBER RAFAEL RONDÓN FLORES y JUDITH ESTHER PAULINO, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.126.524 y E-82.043.015, sobre un local comercial con las siguientes características: paredes de bloque de cemento y vigas de concreto, con paredes internas de friso liso y paredes externas frisadas, techo de platabanda, conformado por un (1) baño, y una vivienda tipo familiar, construida con paredes de bloque de cemento, con paredes internas de friso liso y paredes externas frisadas, techo de platabanda y machihembrado, y piso de cemento cerámica, conformada por cuatro (4) habitaciones, cuatro (4) baños, cocina-comedor y sala, y cercado perimetral con tapia de bloque, ubica la población de Las Villarroeles, caserío Velásquez, .....