PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Jueza Unipersonal Nº 2, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos FREDDY MARTIN NAVARRO CAVAS Y LUZ MAIBELLINE RONDON SIMANCA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 7.763.123 y V- 7.762.955 respectivamente
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron los referidos ciudadanos por ante el Jefe Civil y secretario, respectivamente de la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha diecinueve (19) de Enero de mil novecientos noventa (1990), según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 7, expedida por la misma.
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