Por los fundamentos expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, DECLARA:
¿ Su incompetencia para conocer de la Apelación interpuesta por el Abogado en ejercicio FERNANDO RUBIO, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, en contra de la decisión proferida por el Juzgado del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, de fecha veintidós (22) de Abril de 2010, y en consecuencia;
¿ DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, para conocer de la presente Apelación, para lo cual se ordena remitir la presentes actuaciones a los fines de que conozca de la misma, una vez que quede firme la presente decisión de conformidad con lo establecido en el Articulo 69 del Código de Procedimiento Civil.- ASÍ SE DECIDE.
¿ No hay con.....