PRIMERO: ADMITE EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS interpuesto por la profesional del derecho ISBELY FERNÁNDEZ, Defensora Pública Duodécima (12°) Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, actuando en carácter de Defensora de los ciudadanos MAIKOL ADOLMAR NUÑEZ GUILLÉN, titular de la cédula de identidad N° V-22.050.772, y SERGIO ENRIQUE YAÑEZ PORTILLO, titular de la cédula de identidad N° V-20.690.686, contra la decisión N° 134-17 de fecha 28 de agosto de 2017, dictada por el Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia. Se deja constancia que la Defensa Pública (apelante) no promovió pruebas, por lo que considera esta Sala prescindir de la fijación de la audiencia oral a la que hace referencia el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, a partir del día hábil de despacho siguiente a la presente fecha comienza a transcurrir el lapso dentro de los diez (10) días hábi.....