1. CON LUGAR la demanda de Divorcio ordinario intentada por el ciudadano Daniel José Morales, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-5.845.038, en contra de la ciudadana Enis Judith Cuevas Rivero, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-22.368.137, en beneficio del adolescente (identidad omitida, artículo 65 de la LOPNNA). En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron ante el Registro Civil de la parroquia Olegario Villalobos del municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha 10 de febrero de 1993, únicamente con fundamento en la causal segunda (2ª) del artículo 185 del Código Civil.
2. En relación con las INSTITUCIONES FAMILIARES para el adolescente (identidad omitida, artículo 65 de la LOPNNA), se resuelve lo establecido en el capítulo II de la parte motiva del presente fallo, titulado "De las Instituciones Familiares", cuyo contenido aquí se da por reproducido.
3. CONDENA en costas a la parte d.....