Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. RESUELVE, PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud Fiscal y por vía de consecuencia, Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad para los ciudadanos HECTOR ANTONIO VASQUEZ VOLCAN, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Valera, Estado Trujillo, de 55 años de edad, Fecha de Nacimiento 01-02-1953, titular de la cédula de identidad número V-4.061224, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo de Henio Vasquez y de Genibera Volcán, residenciado en la urbanización Alto Barina Sur, calle IRUN, casa N° 15-F, Barinas, Estado Barinas, teléfono 0416-6787275 y 04245030637, y RAFAEL GUSTAVO LARRARTE, quien dijo ser de nacionalidad vene.....