Se declara:
? SIN LUGAR LA APELACIÓN, en consecuencia se CONFIRMA la sentencia definitiva de fecha 30 de Noviembre de 2000, dictada por el Tribunal a quo, en la cual se declara CON LUGAR el presente Juicio de Reivindicación contra los ciudadanos MAURICIO SOTURNO y LISBETH ESIS, y se desecha la demanda incoada contra el ciudadano RAMON MENDOZA.
? SE ORDENA a los codemandados MAURICIO SOTURNO y LISBETH ESIS a entrega al actor el inmueble objeto del litigio, tal como lo establece el Juez a quo en su decisión en la cual determina suficientemente la ubicación y linderos del mismo.
? SE CONDENA EN COSTAS al codemandado MAURICIO SOTURNO según lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil por haber sido vencido totalmente en esta Instancia.