el Tribunal provee conforme a lo solicitado en consecuencia se declara la EJECUCIÓN FORZOSA de la Sentencia dictada por este juzgado en fecha 23 de marzo de 2010 donde se declaro CON LUGAR LA DEMANDA que por COBRO DE BOLÍVARES intento BANESCO en contra de los demandados RUSBER MELEÁN, Y JORGE DUARTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 7.692.905 y 7.621.138, respectivamente, en su carácter de deudor principal y fiador, y se ordena librar mandamiento de ejecución, razón por la cual se decreta medida de EMBARGO EJECUTIVO, sobre los bienes muebles e inmuebles propiedad de los ciudadanos RUSBER ENRIQUE MELEÁN MERCADO Y JORGE DUARTE,; hasta cubrir la cantidad de TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS DIEZ CON NOVENTA CENTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 32.710,90.) que es el doble de la suma adeudada. Asimismo si la medida recayera sobre cantidades de dinero será hasta cubrir la cantidad de DIECISÉIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS DE BOLÍ.....