D E C I S I Ó N:
Por los fundamentos expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
EN FORMA PROVISIONAL la Interdicción de la ciudadana MARÍA ELENA FERNANDEZ CABRERA, titular de la cédula de identidad número V-27.470.430, designando como TUTORA INTERINA a la ciudadana ANTONIO ELENA CABRERA DE BORJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.669.292, con domicilio en el conjunto Residencial las 40, Calle 1-A, Casa 14, Lote C, Parroquia Ambrosio del Municipio Cabimas del Estado Zulia, a quien se ordena notificar para que comparezca dentro de los tres (03) días hábiles de despacho siguientes, después de que conste en actas la notificación, a los fines de la aceptación o excusa del cargo. En el primero de los casos prestará el juramento de.....