DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: Consumado el acto procesal del desistimiento, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA) que sigue el ciudadano CORRADO GRANDE, italiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-81.132.532, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, actuando en su condición de representante legal y Presidente de la Sociedad Mercantil LA CASA LÍDER, C.A., empresa de idéntico domicilio inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 19-02-2001, bajo el No.17, tomo 9-A y asistido en ese acto por el abogado MARCOS FUENMAYOR PÉREZ contra el ciudadano ALEXIS RAMÓN FERNÁNDEZ CHIRINO, venezolano, mayor de edad, titular de .....