Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con competencia en Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara procedente la Medida Preventiva de Embargo solicitada que le puedan corresponder al ciudadano ELMER ELIECER LAREZ VALDERRAMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 17.648.951, como trabajador de la empresa PDVSA, para asegurar los bienes de la comunidad conyugal a favor de la ciudadana YEIDIXA MARIA QUINTERO DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 19.574.242, sobre:
A.- El cincuenta por ciento (50%) de las cantidades de dinero por concepto de Prestaciones Sociales e intereses, Utilidades, Caja de Ahorros y Fideicomiso e intereses, que en caso de adelanto, retiro, despido, jubilación o muerte que le correspondan a la.....