Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declaró: Primero: INADMISIBLE, el Recurso de Nulidad de acto Administrativo, incoado por el ciudadano incoado por el ciudadano Carlos Gregorio Sánchez Albornoz, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº 8.018.027, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 65.434, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, actuando en nombre y representación de la Sociedad Mercantil GOSACA, C.A., contra Petróleos de Venezuela (PDVSA) División Oriente, específicamente contra el Acto Administrativo mediante el cual decidió de manera unilateral Rescindir del contrato suscrito entre ambas partes, en fecha 10 de Noviembre.....