PRIMERO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de los de cujus YOLANDA DEL CARMEN MORENO DE OLIVEIRA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 1.899.252, fallecida el día dieciséis (16) de Enero de Dos Mil Trece (2013), según acta de defunción No. 6, emitida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Altagracia del Municipio Miranda del Estado Zulia y MANUEL MARIA DE OLIVEIRA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No, V-6.162.181, fallecido el día seis (06) de Noviembre de Dos Mil Quince (2015), según acta de defunción No. 1060, emitida Por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Olegario Villalobos, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a los ciudadanos CARLOS ALBERTO DE OLIVEIRA MORENO, titular de la cedula de identidad No. V-10.375.912, MIGUEL ANGEL DE OLIVEIRA MORENO, titular de la cedula de identidad No. V-11.198.035 y JOSE MANUEL DE OLIVEIRA MORENO, titular de la cedula de identidad No. V-10.001.801, e.....