PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No. 03, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
1) Incompetente en Razón del Territorio: para seguir conociendo de la presente cauda de Divorcio Ordinario, incoado por la ciudadana Thajiri del Valle Echeverría Medina, portadora de la cédula de identidad Nº V.-9.777.423, en contra del ciudadano Wilmer Gregorio Varela Burgos, portador de la cédula de identidad Nº V.-7.813.544, actuando en relación con los adolescentes Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.
2) Se señala como competente: a los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, a quien se ordena remitir las presentes actas junto con oficio una vez cumplido con el plazo de c.....