DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA EL DESTACAMENTO DE TRABAJO, como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, a la penada MARIBEL DEL CARMEN GUERRERO, venezolana, natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 02-03-83, hija de ANTONIO GUERRERO y CIRA GRATEROL, titular de la cédula de identidad N° 19.749.323, con último domicilio conocido en Av. 33 (por las tuberías), Ciudad Ojeda, Estado Zulia; quien fue condenada a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, donde resultó víctima el E.....