DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar el procedimiento de Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: SE DECRETA MEDIDA DE CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano YIMMY ALTAMAR BARBOZA, venezolano, fecha de nacimiento 24/05/1970, mayor de edad, estado civil soltero, Titular de la cedula de identidad N° V-9.786.813, de profesión u Oficio Obrero, hijo de GEORGINA BARBOZA y REINALDO ALTAMAR, residenciado en el Barrio 23 DE MARZO, avenida 21 casa 36 B-92, parroquia Id.....