1. DECRETA la medida cautelar solicitada en el sentido de ORDENAR el cese del requerimiento u orden dado(a) a la ciudadana Deisys Coromoto Reyes García, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-12.176.129, trabajadora de la empresa Corpoelec, para "retornar a sus actividades normales de labores mientras se concretan los trámites necesarios para su traslado" realizado(a) por el ciudadano Ing. José María Rivero Gómez, portador de la cédula de identidad No. V-7.861.947, líder operativo de comercialización de la empresa Corpoelec en el estado Falcón.
2. De igual forma, con carácter temporal y hasta tanto se dicte la sentencia que resuelva el fondo de la controversia planteada, mientras el presente juicio de amparo es tramitado, en beneficio del adolescente Francisco José Barrios Reyes y de la niña María Victoria Barrios Reyes, de 14 y 7 años de edad, respectivamente, como medida cautelar se ordenará que la ciudadana Deisys Coromoto Reyes García, venezolana, may.....