Por los motivos anteriores expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, hecha por los ciudadanos HENRY ALBERTO CARREÑO FERNANDEZ Y JENNY DEL VALLE SALAZAR COVA de nacionalidad venezolanas, mayores de edad, Cónyuges, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-9.307.526 y V-12.673.657, respectivamente y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une; en virtud del matrimonio civil celebrado el día14 de julio de 1990; por ante la Prefectura del municipio autónomo de Mariño del estado Nueva Esparta, anotada bajo el Nro. 163, Folio 5 y 6, y su vuelto folio 7,del Libro de Registro Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada, siendo las 9:30 am en la S.....