ÚNICO: INADMISIBLE el recurso de apelación de autos, interpuesto por los profesionales del derecho ABG. ROMAN ANTONIO y ABOG. JAIME JESUS CABANA VILLALOBOS, inscritos en el Instituto de Previsión social bajo el Nro. 80.161 y 210.658, respectivamente, actuando con el carácter de Defensores Privados del imputado JOSE DANIEL ORTIZ LOPEZ titular de la cedula de identidad N° 24.509.352; en contra de la decisión Nro. 1285-17 dictada en fecha 26 de octubre de 2017, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, con fundamento en el artículo 428, literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal, y con fundamento en la jurisprudencia pacífica y reiterada, de carácter vinculante, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.