Se inicia el presente proceso de ALIMENTOS seguido por la ciudadana FANNY MARINA CARDOZO DE HERNANDEZ contra el ciudadano OSVALDO HERNANDEZ FERNANDEZ, ambos identificados con antelación, siendo admitida por este Juzgado en fecha dieciocho (18) de junio de 2010, ordenando la citación del demandado y encontrándose el proceso en la etapa procesal señalada, las partes celebran convenimiento.
Posteriormente, en fecha ocho (08) de diciembre de 2010, las partes celebran nuevo convenimiento, a que se refiere la presente resolución en los términos y condiciones antes especificados, dejando sin efecto el celebrado el día dieciocho (18) de junio de 2010, por lo que este Tribunal, en observancia que dicho acuerdo no es contrario a la Ley, al orden público o a las buenas costumbres, lo encuentra conforme y en tal sentido le imparte su aprobación al mismo. Así se declara.