Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, declara:
ÚNICO: Se CONFIRMA la Sentencia consultada y dictada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 29 de julio de 2017, por haber seguido el Tribunal antes mencionado el orden público procesal de ley, y atender ceñidamente las estructuras regulativas sustanciales establecidas en el Código Civil, las cuales fueron citadas a lo largo de la motiva. En ese sentido:
• Se declara INHABILITADO al ciudadano ANTONIO JOSE MUJICA ESAA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No. 19.989.895, con domicilio en el Municipio Maracaibo, del estado Zulia.
• En consecuencia se designa CURADOR al ciudadano JUAN JOSE MUJICA ESAA, venezolano, mayor de eda.....