En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 60 del Código de Procedimiento, en concordancia con el Artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en sus Ordinales 3 y 4, este JUZGADO DEL MUNICIPIO PIAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la presente acción de Reclamo por la Omisión, Demora o Deficiente Prestación de los Servicios Públicos, incoada por los ciudadanos MORELA DEL VALLE SOUQUET GRANADOS, BRICEIDA BAUTISTA MEJÍAS, RÓMULO JOSÉ CARREÑO MARTÍNEZ y LUIS ENRIQUE CARVAJAL, anteriormente identificados, habitantes del Sector Alto Las Brisas, parroquia El Pinto de la población de El Pinto, jurisdicción del Municipio Piar del Estado Monagas, representantes del Consejo Comunal "ALTO LAS BRISAS", contra los ciudadanos FREDDY PALOMO, KEILA RAMOS e IVÁN ANTONIO MUJIC.....