DECISION
En mérito a las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en los artículos 2, 26, 75, 76 y 78° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 289°, 290° y 294° del Código Civil Venezolano y 1°, 2°, 5°, 8°, 365° y siguientes de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, declara CON LUGAR, la demanda de Obligación Alimentaria intentada por la ciudadana DARLY DEL MAR PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.880.086, domiciliada en el final de la Calle 9, Barrio El Cementerio, Sanare, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Lara, en contra del ciudadano DAVID ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.123.952, domiciliado en la Calle 8 entre Avenidas 5 y 7, Sanare, Municipio A.....