Por los fundamentos expuestos, éste JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNS-CRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
- TERMINADO ESTE PROCEDIMIENTO que por DIVORCIO sigue GEORGINA CEMI SAMPSON contra JOSE ANGEL OSUNA NICORSIN; y en consecuencia, se ordena el archivo del expediente.
- Se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Tribunal en fecha 03 de Marzo de 1982, la cual fue participada mediante oficio signado con el No 7388-0447, al Registro Subalterno de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sobre un inmueble cuyas características son las siguientes: Una casa-quinta y el terreno donde se encuentra construida, situada en la carretera "J", del Municipio Cabimas del Estado Zulia, el cual tiene una superficie de novecien.....