DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA PRIVADA, y sustituye la MEDIDA DE Privación Judicial de Libertad, por una menos gravosa, a favor del imputado JEAN CARLOS FANDIÑO ESPARZA, de nacionalidad venezolano, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad numero V-21.074.371, residenciado en el sector el cafetal en una casa de color amarilla parroquia la sierrita, Municipio Mara, estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YULEXI MARÍA URDANETA, de conformidad a lo establecido en el artículo 256 ordinales 3° y 4° Código Orgánico.....