Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA el sobreseimiento por prescripción de la presente causa, seguida contra el ciudadano JOSE ANGARITA GORIOS, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, Natural del Norte de Santander, República de Colombia, soltero, obrero, portador de la cédula de ciudadanía Nº 13.135.080, y residenciado en el Barrio Campo Talaya, calle S/N Casigua El Cubo, Municipio Jesús Maria Semprúm del Estado Zulia, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado para la fecha de su comisión, en el artículo 417 del Código Penal de Venezuela (actualmente artículo 415), cometido en perjuicio de la ciudadana NATIVIDAD SANJUANELO SUAREZ, quedando en consecuencia ex.....