Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con competencia en materia de delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: de conformidad con el artículo 44, ordinal 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda a favor del ciudadano JOSE ANTONIO GIL LUENGO, titular de la cedula de identidad V- 17.085.948 plenamente identificado en actas, LA LIBERTAD PLENA, en consecuencia el cese de toda medida de coerción personal que pesa sobre su contra, por cuanto el Juzgado Primero en Funciones de control, decretó en fecha 03-08-2011, DE OFICIO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 y 110 del Código Penal Vigente, y artículos 318 ordinal 3, en concordancia con el artículo 319 del Código Orgánico Proce.....