Por los fundamentos amplia y claramente expuestos con anterioridad, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• PERIMIDA LA INSTANCIA y por consiguiente, EXTINGUIDO el presente proceso de COBRO DE BOLIVARES (VÍA EJECUTIVA), seguido por la Sociedad Mercantil BANCO MARACAIBO COMPAÑÍA ANÓNIMA, debidamente constituida mediante documento inserto en la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Maracaibo, Estado Zulia, el día 19 de julio de 1882, bajo el No. 110, Protocolo Sexto y ante el Registro de Comercio del Estado Zulia, en la misma fecha indicada bajo el No. 69, Libro 01, páginas de la 46 a la 49, posteriormente reformada su denominación social conforme documento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción judicial del Estado Zulia el día 7 de diciembre de 1992, .....