declara:
a) CON LUGAR la demanda de Reclamación Alimentaria, intentada por la ciudadana MARIA RODRIGUEZ DURAN, en contra del ciudadano GUSTAVO MORALES HERRERA, a favor de los niños MARICARMEN y GUSTAVO ROBERTO MORALES RODRIGUEZ, ya identificados. Ahora bien para establecer el monto de la pensión alimentaria este Juez Unipersonal Nº 1, atendiendo a las necesidades de los niños de autos, fija como pensión alimentaria mensual la cantidad equivalente a UN (1) del salario mínimo, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de CUATROCIENTOS CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 405.000.ºº) mensuales; lo que significa que la cantidad obligada a cancelar por el ciudadano Gustavo Morales es de CUATROCIENTOS CINCO MIL BOLIVARES (Bs.405.000.ºº) mensuales. Para el momento en que se incremente el salario mínimo para los trabajadores del País, en esa misma proporción será aumentada automáticamente la pensión alimentaria, en el caso de que el mismo per.....