Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE ORDEN DE ALLANAMIENTO; y en consecuencia, ORDENA LIBRAR ORDEN DE ALLANAMIENTO en el inmueble constitutivo por una vivienda ubicada frente a la casa signada con la N° 96D-07, en el Sector Circunvalación N° 3, Barrio Rey de Reyes, calle 96D, , cerca al Poste de alumbrado eléctrico signado con el N° M02B28, construida en bloques, con frisos de cementos, pintada de color fusea y blanco, techo de zinc, provista de dos (02) ventanas e su parte frontal y una puerta, en jurisdicción de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en razón de la argumentación jurídica antes esgrimida, remitiéndola con oficio al Grupo Especial de Cannes Antidrogas de la Policía Regional del Estado Zulia, quien practi.....