Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL DECAMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor del imputado MAIKER YOAN QUINTERO GONZÁLEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 25 años de edad, fecha de nacimiento: 15-06-83, soltero, de profesión u Oficio Electricista, cedula de identidad No. V-18.285.269, hijo de Nerio Quintero y Misloa González, residenciado en Barrio Andrés Bello, SECTOR LOS Cortijos, calle 218, avenida 49. Casa Nro. 68-08, a dos cuadras del centro de Rehabilitación Reto Juvenil, San Francisco, Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el artículo 256.3°, en .....