Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA PRIMERA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE el recurso de apelación de autos interpuesto por el ciudadano Abogado FRANCISCO JAVIER PULIDO PIÑERO, en su carácter de Defensor del ciudadano MICHEL GEINER ARIAS GONZALEZ, en contra de la Decisión Nro. 1C-909-14, dictada en fecha 11 de julio de 2014, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el literal "c" del artículo 428 ejusdem.