PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos, interpuesto por el Abogado EDUARDO JOSE MAVAREZ GARCIA, en su carácter de Fiscal Provisorio adscrito a la Fiscalía Quincuagésima (50°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en contra de la decisión Nro. 938-18, de fecha 05 de Diciembre de 2018, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia; relativa al examen y revisión de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, solicitada por las Defensas de los imputados de autos. En atención a lo establecido en el artículo 439 numerales 4 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMISIBLE el escrito de contestación, presentado por el Abogado CARLOS LUIS INFANTE, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano YERICKSON JOSE FERNANDEZ ACOSTA.
TERCERO: ADMISIBLE el escrito de contestación, presentado por los Abogados GRISELDA VILLALOBOS y EUDO TROCONIS, en.....