CONDENA a los acusados DAVID ALFONSO RIOS RUIZ y JESÚS ENRIQUE USTARIS MEDINA a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS, CINCO (5) MESES y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, mas las accesorias de ley, por haberse comprobado la acusación presentada en su contra por la Fiscalia del Ministerio Publico, como COAUTORES del delito de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO, previsto y sancionado en el articulo 458º en concordancia con el articulo 80° y autor del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el articulo 277°, todos del Código Penal y a las accesorias de Ley, delito cometido en perjuicio de los ciudadanos Delis Noemi Geldres Ricra, Kaled Zeghayar Zoughayer y el Orden Publico; pena que terminara de cumplir provisionalmente en fecha 12 de diciembre de 2014, en el establecimiento penitenciario que determine el Juez en función de Ejecución correspondiente; se DECOMISA el arma de fuego tipo revolver, calibre 38, MARCA Jaguar, acabado superficial gris, serial de origen Nº 159313, empuñadura si.....