Vista la comunicación Nro. 00168, de fecha 13 de Enero de 2010, procedente de la Sub- Delegación A de Maturín, Estado Monagas, informando que al penado JESUS ARMANDO FAJARDO, fue aprehendido en fecha 12 de Enero de 2010, remitiendo anexo acta del caso, es por lo que se hace necesaria la realización del nuevo cómputo del aludido Penado y a quien este Tribunal por decisión de fecha 31 de Mayo de 2005, le revocara el Beneficio de Régimen Abierto, Ordenando su aprehensión, es por lo que se acuerda ejecutar el nuevo cómputo de la pena de conformidad con lo establecido en el Artículo 479 en relación con el Artículo 482 ejusdem