Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara:
¿ SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano PEDRO LEÓN SALVADOR, parte codemandada, asistido por el abogado en ejercicio HERNÁN LÓPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 29.099, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha, 28 de julio de 2008.
¿ SE RATIFICA, la decisión de fecha 28 de julio de 2008, dictada por el Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, mediante la cual niega la reposición de la causa al estado de admisión de la demanda y se mantiene en vi.....