DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes señalados en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
La homologación de la transacción celebrada en fecha veinticinco (25) de noviembre de 2.009, entre la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA BOOS E HIJOS C.A., representada por el ciudadano, DAVID ANTHONY BOOS LAMY, a través de su apoderado judicial ciudadano JAIME FERNÁNDEZ LEÓN, por una parte, y por la otra, la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS METALMECANICA GONZALEZ, C.A. (IMGOCA), representada por el ciudadano, NIXON JOSÉ GONZALEZ RAMÍREZ, asistido por el profesional del derecho, ciudadano CARLOS ARTURO CABALLERO. Se da por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
PUBLÍQUESE y .....