¿ Decretar la MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL sobre:
A) El Cuarenta por Ciento (40%) del sueldo, horas extras, que devenga el ciudadano JUAN JULIO MEJIAS MARQUEZ.
B) El Cuarenta por Ciento (40%) sobre las vacaciones, bonos, bonos de transferencia.
C) El Cuarenta por Ciento (40%) sobre las utilidades o bonificación especial de fin de año que le pueda corresponder al ciudadano demandado.
D) En caso de que el ciudadano goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes retener el cien por ciento (100%) de tales conceptos.
E) El Cuarenta por Ciento (40%) sobre la liquidación de Prestaciones anuales o totales, fideicomiso, caja de ahorros, retroactivos, antigüedad y sobre cualquier otro concepto que pueda corresponderle al ciudadano JUAN JULIO MEJIAS MARQUEZ, con ocasión de su relación laboral, en caso de despido, retiro, jubilación o muerte.
¿ Las cantidades a retener establecidas en los literales "A", "B", "C" y "D" deberán ser entregadas directamente a la demand.....