DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto éste JUZGADO PRIMERO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta: LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO en la presente causa a favor del imputado HOMERO JUNIOR TINIACOS SALCEDO, venezolano, natural de Maracaibo, estado Zulia, de 26 años de edad, Estado Civil soltero, portador de la cédula de identidad Nro. V-15.718.462, profesión u oficio Comerciante, con residencia en el barrio 24 de julio, Avenida 49E, casa nro. 175-23, a dos casas del Deposito 24 de Julio, Parroquia Domitila Flores, Municipio San Francisco, Estado Zulia, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los Artículos 39, 41 y 40 de la Ley Orgánica sobre el Der.....