DISPOSITIVA
Por los todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con competencia en materia de delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara CON LUGAR la aprehensión en flagrancia. SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR la imputación fiscal presentada por el Ministerio Público en contra del imputado FRANCISCO JOSÉ RANGEL RIVAS, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 28-01-1980, de estado civil casado, de profesión u oficio vendedor de artículos de ferretería, titular de la cédula de identidad No 15.889.307, hijo de los ciudadanos CIRA RIVAS (V) Y DE FRANCISCO RANGEL (V), con residencia en el Barrio San Javier, Av. 62, casa No 115-86, parte posterior del establecimiento comercial Pastelitos Chicho, Maracaibo Estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos Violencia Psicológica,.....